A fecha 12/01/2018, se ha publicado en BOE LA Orden EIC/1337/2017, de 18 de diciembre, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos.
Entre los cambios están las inclusiones de nuevos actos reglamentarios que derogan y/o modifican actos anteriores. Además de ello se indican fechas en las que el cumplimiento de algunos actos reglamentarios comenzar.
A groso modo, los cambios más importantes son:
• Para categorías M y N la inclusión del sistema eCall y algunos cambios en la normativa de emisiones Euro 6.
• Para Agrícola se amplía el plazo a 2019 para cumplir con el R(UE) 167/2013 para nuevas matrículas y nuevas extensiones.
• Inclusión de legislación para tacógrafos digitales
• Para Maquinas móviles no de carretera la obligatoriedad de cumplir con el R(UE) 2016/1628.
Para todos nuestros clientes de mantenimiento se enviará una noticia específica por categorías de vehículos indicando los cambios acontecidos. Para más información puede consultar el siguiente enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2018/01/12/pdfs/BOE-A-2018-405.pdf
El Real Decreto 2028/86 fija a través de su artículo 4 y las tablas de su Anexo I y II los requisitos técnicos (a través de enumerar las directivas europeas o Reglamentos CEPE/ONU) exigidos a los vehículos, tanto a los nuevos tipos a homologar, como a la hora de matricularlos.
Igualmente en el Anexo se hace referencia de las fechas de entrada en vigor de estos requisitos.
El anexo I recoge los cambios para:
1. Vehículos automóviles y sus partes y piezas
2. Vehículos Agrícolas o Forestales
3. Vehículos de 2 o 3 ruedas y cuadriciclos
4. Varios
Los anexos del RD 2028/1986 son modificados mediante orden ministerial aproximadamente cada año para recoger los avances introducidos por la publicación de nuevas directivas, reglamentos CE y reglamentos CEPE/ONU.
Poniendo como ejemplo la parte Vehículos automóviles y sus partes y piezas cada fila cuenta con las materias de reglamentación consideradas. Esa fila cuenta con cinco columnas a su derecha.
1° COLUMNA- DISPOSICIONES EUROPEAS
Se hace una relación de las Directivas CE (o reglamentos) que regulan (o han regulado) esta materia desde la aparición del RD 2028/86, apareciendo hacia abajo en orden cronológico como se ve en el ejemplo de Dispositivos de frenado y acoplamiento de frenos con remolques de la sección 2. Vehículos Agrícolas o Forestales.
2° Y 3ª COLUMNA – CONDICIONES PARA HOMOLOGACIÓN (NUEVOS TIPOS) O MATRICULACIÓN (NUEVA MATRÍCULA)
Para cada una de las directivas CE (o reglamentos) se nos dice:
Igualmente en algunos casos se indica la fecha a partir del cual la directiva o reglamento CE entrar en vigor con carácter opcional o de obligado cumplimiento. Tal y como se ve en el ejemplo de la tabla anterior con el R(UE) 2015/68 que entra en vigor el 1 de enero de 2018, que como sabemos está en vigor actualmente.
También pueden aparecer anotaciones numéricas, que son comentarios desarrolladas posteriormente en la quinta columna.
Por lo tanto la legislación que aparezca en nuevos tipos o nuevas matriculas serán las que tendrán que cumplir los expedientes técnicos de homologación o los vehículos según aplique.
4ª COLUMNA -REQUISITOS ALTERNATIVOS
Para cada una de las materias de reglamentación, se nos indica la reglamentación alternativa a cumplir en lugar de las directivas señaladas, en función de lo indicado en el art 4.3 del RD 2028/86. En todo caso esta reglamentación alternativa a cumplir se refiere a la última versión de la misma de manera que se recogen todos los avances técnicos.
En la mayoría de los casos estos requisitos alternativos son Reglamentos CEPE/ONU. También pueden aparecer anotaciones numéricas, que son comentarios desarrolladas posteriormente en la quinta columna.
5ª COLUMNA – OBSERVACIONES
Sirve para desarrollar las diferentes notas indicadas con números.
Desde CORSÁN INGENIERÍA DE GESTIÓN, S.L.U se realiza un análisis exhaustivo que permite conocer en todo momento las materias de aplicación según pueda necesitar su expediente técnico o vehículo.
Para más información puede consultar el departamento de consultoría de CORSÁN INGENIERÍA DE GESTIÓN, S.L.U
EL RD 2028/96 quedó actualizado el pasado 10 de junio del 2016 cuando se publicaron en el BOE en la sección I. Disposiciones generales la Orden IET/904/2016, de 2 de junio, actualizaciones de los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de ciertas directivas de la CEE, que conciernen a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos.
Este año ha existido una redistribución de las materias objeto de Reglamentación mediante la asignación de un código numérico y la subdivisión de algunas de ellas según la legislación de aplicación.
Si bien estos cambios afectan más a la forma (Cuestión organizativa) que a la propia aplicación real de la legislación.
En términos generales, quedan consolidadas las fechas de entrada en vigor de las reglamentaciones que no tenían fecha determinada en apariencia pero que, en la actualidad, ya han entrado en vigor o están muy próximas a hacerlo. Pueden acceder al texto de la Orden en el siguiente enlace: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2016-5665
Para más información pueden ponerse en contacto con el departamento de consultoría de Corsán Ingeniería de Gestión, S.L.U
Hoy 9 de enero de 2015 se ha publicado en el BOE, la Orden IET 2556/2014, de 26 de diciembre, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986.
Esta IET supone la última actualización desde la Orden IET/1105/2014, de 26 de junio, con el objetivo de adecuar los anexos del Real Decreto a la publicación de dos nuevas directivas y cinco reglamentos de la Unión Europea.
Por otra parte, se consolidan las fechas de entrada en vigor de las reglamentaciones que aparecían sin fecha determinada pero que, en la actualidad, ya han entrado en vigor o están muy próximas a hacerlo.
Pueden acceder al texto de la Orden en este enlace: http://goo.gl/P1TFB4
El contenido de la Orden entrará en vigor mañana 10/1/2014
Como parte del contrato de mantenimiento, en los próximos días recibirán la correspondiente instrucción técnica detallando los cambios realizados.
El pasado 30/6/2014 se publicó en el B.O.E. la orden IET 1105/2014. Dicha orden supone la primera actualización de los Anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, que establece los requisitos de homologación para vehículos en España.
Esta actualización supone la inclusión de los siguientes documentos:
Directiva 2013/60/UE (instalación de dispositivos de alumbrado y señalización en vehículos de dos y tres ruedas)
Reglamento Delegado (UE) n.º 3/2014 (seguridad funcional de vehículos de dos y tres ruedas y cuatriciclos)
En lo que respecta a los vehículos de categorías M, N y O se han actualizado los procedimientos de homologación de tipo en lo que se refiere a la inclusión de determinados Reglamentos CEPE/ONU relativos a protección de peatones, homologación de fuentes luminosas que emiten luz de diodo (LED), sistemas avanzados de retención para niños utilizados en los vehículos a motor, sistemas de advertencia de abandono de carril, sistemas avanzados de frenado de emergencia y la protección de los ocupantes de la cabina en vehículos comerciales
Por otra parte, se consolidan las fechas de entrada en vigor de las reglamentaciones que aparecían sin fecha determinada pero que, en la actualidad, ya han entrado en vigor o están muy próximas a hacerlo.
Los cambios introducidos por esta orden están ya implementados en EFICOP. En los próximos días recibirán una Instrucción técnica detallando todos los cambios introducidos.
Más información en: http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/30/pdfs/BOE-A-2014-6799.pdf
Corregidor Diego de Valderrabano nº 70 – 72 bajo oficina 2ª 28030. Madrid, España
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