1. ¿Qué es la homologación de vehículos? Es el procedimiento por el cual un Estado del Espacio Económico Europeo (EEE) certifica que un tipo de vehículo, sistema, componente o unidad técnica independiente cumple con la normativa vigente.
2. ¿Qué tipos de vehículos existen? Existen varias opciones de clasificación de vehículos. En concreto, las dos más significativas son según la categoría del vehículo y, según el grado de terminación del vehículo.
Las Directivas Europeas utilizan un sistema de designación de letras para dividir las categorías de vehículos.
– Directiva 2002/24/CE de homologación de los vehículos de motor de dos o tres ruedas (categoría L)
– Directiva 2007/46/CE para la homologación de los vehículos de motor de cuatro ruedas o más y de los remolques (categorías M, N, O)
– Directiva 2003/37/CE relativa a la homologación de los tractores agrícolas o forestales, de sus remolques y de su maquinaria intercambiable remolcada (categorías T, C, R, S).
El grado de terminación del vehículo puede ser una de estas tres opciones:
– Vehículo Incompleto: es todo aquel vehículo que deba pasar por lo menos por una fase más para ser completado y reunir así todas las condiciones para circular.
– Vehículo Completado: aquel que partiendo de un vehículo base, ha sido completado en dos o más fases, hasta reunir todas las condiciones para circular.
– Vehículo Completo: son aquellos que no requieren ser completados para poder circular debido a que desde el primer momento se fabricaron cumpliendo todos los requisitos.
3. ¿Qué tipos de homologaciones hay? El Real Decreto 750/2010 por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas y vehículos agrícolas define 5 tipos de homologaciones:
– Homologación de tipo: el procedimiento mediante el cual un Estado miembro del Espacio Económico Europeo (EEE) certifica que un tipo de vehículo cumple las correspondientes disposiciones administrativas y requisitos técnicos pertinentes.
– Homologación de tipo CE: procedimiento mediante el cual un Estado miembro del EEE certifica que un tipo de vehículo cumple las correspondientes disposiciones administrativas y requisitos técnicos de las Directivas 2002/24/CE; 2003/37/CE; Directiva 2007/46/CE. – Homologación de tipo nacional: procedimiento de homologación de tipo establecido por la legislación nacional de un Estado miembro del EEE; quedando la validez de dicha homologación limitada al territorio de ese Estado miembro.
– Homologación individual: procedimiento por el cual se certifica que un vehículo en particular, ya sea singular o no, cumple las disposiciones administrativas y requisitos técnicos del presente Real Decreto.
– Homologación de tipo multifásica: procedimiento mediante el cual se certifica que, dependiendo del grado de acabado, un tipo de vehículo incompleto o completado cumple las correspondientes disposiciones administrativas y requisitos técnicos de este Real Decreto.
4. ¿Qué es un tipo de vehículo? Un tipo de vehículo incluirá a todos aquellos que tengan las mismas características esenciales como el fabricante, la designación del tipo realizada por el fabricante, la categoría y los aspectos esenciales de la fabricación y el diseño (bastidor/carrocería autoportante, número de ejes, remolque con barra de tracción/semirremolque/remolque de eje central, tipo de dispositivo de frenado, etc.
5. ¿Qué es una homologación de tipo CE de series cortas nacional?
La homologación de series cortas nacional se trata de una homologación aplicable sólo en el ámbito nacional que permite realizar excepciones en los requisitos técnicos obtenidos. El número de unidades de un tipo que podrán ser matriculadas o puestas en servicio se limitará a 250-500 dependiendo de la categoría.
La ventaja que ofrece la homologación de serie corta nacional frente a una homologación individual son, en primer lugar, los costes, dado que con 5 vehículos realizados se ha recuperado la inversión inicial. Además, los requisitos que hay que cumplir con respecto a la conformidad de la producción son menores, puesto que en lugar de todos los vehículos, sólo hay que controlar una muestra representativa.
6. ¿A quién va dirigida la homologación de tipo?
La homologación de tipo va dirigida a todos aquellos fabricantes y representantes autorizados que fabriquen o distribuyan vehículos, remolques o maquinaria que requiera de matriculación para circular por la vía pública.
CORSÁN Ingeniería de Gestión, S.L.U. como empresa especializada en la homologación de vehículos, apoya a los fabricantes de vehículos a motor, remolques y maquinaria en el proceso de creación de homologaciones de tipo.
Pueden ponerse en contacto con nosotros mediante formulario web, en el correo comercial@corsan.info o teléfono +34 917 789 872.