Hoy 31 de enero se ha publicado el Suplemento 1 de la serie 02 de enmiendas al Reglamento CEPE/ONU nº 100 relativo a la homologación de vehículos en relación con los requisitos específicos del grupo motopropulsor eléctrico.
Este Reglamento afecta a los vehículos de categorías M y N, (transporte de pasajeros o mercancías) que desarrollan una velocidad superior a 25 km/h y que disponen de propulsores eléctricos.
Para más información, pueden consultar en: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=DOUE-L-2015-80577
El pasado sábado 28 de marzo de publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/504, relativo a la ejecución del Reglamento (UE) nº 167/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos administrativos para la homologación de vehículos agrícolas, así como de su vigilancia en el mercado
Este Reglamento de ejecución cierra el ciclo de publicación de Actos Delegados requeridos por el Reglamento (UE) 167/2013, relativo a la homologación de vehículos agrícolas o forestales, y a la vigilancia del mercado de dichos vehículos, compuesto por 4 reglamentos que detallan los requisitos técnicos de los vehículos, y un Reglamento, motivo de esta noticia, que detalla los aspectos administrativos de las homologaciones.
De este modo, a partir del próximo 20 de abril, será posible tramitar homologaciones de tipo Europeo de remolques y maquinaria agrícola remolcada, así como de tractores, según el Reglamento 167/2013. Quedan excluidas las máquinas automotrices, excepto aquellas que puedan acogerse a la definición de tractor del Reglamento.
El Reglamento permite que ciertas categorías de tractores, así como los vehículos remolcados puedan seguir acogiéndose a homologaciones nacionales.
De igual modo, será imprescindible le que todos los vehículos homologados de tipo europeo que porten o se consideren máquinas, de acuerdo a la directiva 2006/42/CE, aporten a las autoridades de homologación documentación relativa al marcado CE de dichas máquinas.
Desde CORSÁN INGENIERÍA DE GESTIÓN, S.L.U. estamos detallando con los servicios técnicos el nuevo proceso de homologación. Contacta con nuestros ingenieros para más información sobres estas homologaciones.
En breve nos pondremos en contacto con los fabricantes de vehículos agrícolas para ofrecerles las tarifas y plazos de elaboración de las nuevas homologaciones de tipo europeo.
Estamos, como siempre, a su disposición para cualquier aclaración
El Parlamento Europeo ha aprobado formalmente el acuerdo en segunda lectura, que se basa en el compromiso informal alcanzado con el Consejo el pasado mes de diciembre, la Directiva 2013/0195, sobre la revisión de los pesos y dimensiones máximas de determinados vehículos de carretera en la Unión Europea.
La revisión establece excepciones a los tamaños máximos actuales de camiones y autobuses para mejorar la seguridad vial y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
Tras la publicación en el Diario Oficial de la UE, los Estados miembros tendrán dos años para transponerla, es decir, para adoptar las disposiciones nacionales para cumplir con ella.
PUBLICADO EL BORRADOR DE LA 8ª REVISIÓN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES ITV. ABIERTO EL PLAZO DE ALEGACIONES
Como consecuencia de la entrada en vigor de la Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE, ciertos criterios utilizados en las inspecciones han sufrido cambios que hacen necesario actualizar el «Manual de procedimiento de inspección de las estaciones ITV»(Manual ITV más reciente), en el que se establecen los criterios técnicos para la inspección de vehículos.Se ha aprovechado esta revisión para incluir alguna otra modificación aconsejada por la experiencia en la inspección.
Esta revisión, (8ª), se encuentra actualmente el procedimiento de participación pública, por lo que hasta el 20 de abril de 2015 pueden presentarse alegaciones.
Referente a las mejoras que la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial está llevando a cabo a través de la aplicación GIAVEH (Gestión Integrada de Aplicaciones de Vehículos), se ha establecido un nuevo procedimiento para la solicitud de la tarjeta de inspección técnica de vehículos, ITV.
Las solicitudes se tramitarán electrónicamente por el sistema GIAVEH para la cual se tendrá que tener usuario y certificado electrónico validado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
CORSÁN INGENIERIA DE GESTIÓN, S.L.U cuenta con un usuario reconocido por el MINETUR y realizara previa autorización del Fabricante con contrato de mantenimiento las peticiones de tarjetas con el objetivo de agilizar y estandarizar las solicitudes.
Aquellos fabricantes que no cuenten con contrato de mantenimiento podrán tener dicho servicio previo contacto con el departamento de consultoría de CORSAN INGENIERIA DE GESTIÓN, S.L.U.
Dicho procedimiento entra en vigor 2 de marzo 2015 y a partir del 16 de marzo del 2015 no se aceptaran más solicitudes de tarjetas de inspección técnica de vehículos por email, fax ect…
Se debe de conocer que los números de serie de tarjetas ITV asignados a una contraseña se podrán usar para otras contraseñas siempre que:
– Las contraseñas de homologación estén en vigor
– Todos los requisitos relativos a la conformidad de la producción estén actualizados
– Las mencionadas contraseñas pertenezcan al mismo expediente del Registro de Firmas de Fabricantes y sus Representantes (fabricante/representante/marca coincidentes),
Pero se deberá comunicar por escrito a a la Subdirección General y en el caso de detectarse alguna anomalía en el procedimiento, esta Unidad se lo comunicaría
por escrito al fabricante.
Para cualquier otra cuestión ponga se en contacto con nosotros.
El pasado viernes 27 de febrero se anunció en el Consejo de Ministros la próxima publicación de la séptima edición del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente, Plan PIVE 7, con una dotación de 175 millones de euros. Al contrario que en las anteriores ediciones, el Real Decreto se publicaba al día siguiente, en el Boletín Oficial del Estado del sábado 28 de febrero.
Podrán beneficiarse de las ayudas particulares, profesionales autónomos, microempresas y Pymes. Se incluye entre los vehículos subvencionables aquellos adaptados para los discapacitados. El Plan PIVE 7 mantiene las características principales de su predecesor, si bien como novedades principales destacan las siguientes:
El beneficiario deberá tener la titularidad del vehículo a achatarrar, al menos, durante el año anterior a la fecha de solicitud de la ayuda.
Asimismo, el vehículo a achatarrar deberá contar con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) vigente a la entrada en vigor del Real Decreto.
La cuantía de la ayuda pública aportada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo es de mil euros por vehículo, a los que se sumará el descuento que ha de aplicar el fabricante o punto de venta del nuevo vehículo incentivable en la factura de compraventa y que será, como mínimo, de otros mil euros. En caso de vehículos de más de cinco plazas para familias numerosas o de vehículos para discapacitados, la ayuda y el descuento se incrementarán cada una en quinientos euros, hasta una ayuda total de tres mil euros.
Corregidor Diego de Valderrabano nº 70 – 72 bajo oficina 2ª 28030. Madrid, España
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