Recientemente, el Consejo de Ministros de la Unión Europea ha aprobado un nuevo conjunto de medidas respecto a los vehículos de categoría L., tanto en el marco legislativo de homologación como en los requisitos que se exigirán a estos vehículos
Entre las medidas destacan:
– Se derogará la directiva Marco 2002/24/CE y sus 14 directivas de aplicación, que serán sustituidas por un reglamento, que aplicará, en la mayor medida posible, los reglamentos sobre vehículos armonizados mundialmente.
– Mejoras en la seguridad: Con ABS obligatorio para motocicletas de más de 125 centímetros cúbicos y frenada combinada o ABS para el resto.
– Instalación obligatoria de luces delanteras automáticas o luces diurnas.
– Mejoras en medioambiente, con introducción de las medidas Euro 4 (para 2016) y Euro 5 (2020), ensayos de durabilidad y limite de emisiones de evaporación.
– Puesta a disposición del consumidor de los datos de emisiones de CO2 y consumo de combustible.
– Mejoras en la fabricación: Instalación de sistemas de diagnóstico a bordo para facilitar y mejorar las reparaciones, así como medidas para impedir la manipulación.
– Se introducirán disposiciones de vigilancia del mercado de cara a crear unas condiciones de competencia equitativas para los fabricantes del sector.
Tabla Vehículos Categoría L
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